Resolución 972/2023

Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud)

Boletín Informativo N°834/2023

Establécese que, a los efectos de proceder a la inscripción de los profesionales de la salud en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES, conforme el ANEXO II de la Resolución Nº 789/09 del MINISTERIO DE SALUD, la COORDINACIÓN DE REGISTRO DE PROFESIONALES, REDES Y CONTRATOS, dependiente de la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL, deberá validar automáticamente el cumplimiento de los requisitos exigidos a través de la consulta en la RED FEDERAL DE REGISTROS DE PROFESIONALES DE LA SALUD (REFEPS) de toda la información y documentación relativa a ellos.